TESTIMONIO: VISTO: La conmemoración del decimotercero aniversario de la Gesta de Malvinas, el 10 de junio de 1995, y CONSIDERANDO: Que tal acontecimiento sólo pudo ser posible por el valor y el sacrificio de los jóvenes soldados. Que su espíritu de argentinidad y sometimiento a los intereses de la Patria los llevaron a ofrendar hasta sus vidas en aras de la defensa de la Soberanía Nacional. Que esos héroes anónimos, verdaderos protagonistas del sangrien-to suceso, merecen un reconocimiento y un tratamiento privilegiado por parte de la población toda. Que la comunidad de Balcarce desea expresar su agradecimiento a quienes desinteresadamente ofrendaron todo por la Patria. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 23/95 -------------------------------- ARTICULO 1.- Exímese de por vida del pago de los Gastos y Derechos Hospitalarios ------------ en el ámbito del Hospital Municipal Subzonal de Balcarce "Dr. Feli-pe A. Fossati" y salas periféricas dependientes del mismo, a los ex combatien-tes de Malvinas radicados en la jurisdicción del Partido de Balcarce al momento de ser convocados.-------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Entréguese a los ex combatientes de Malvinas la credencial que los ------------ acredite como beneficiarios del sistema, la que tendrá validez vi-talicia sin necesidad de ratificación o renovación alguna.---------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco. FIRMA-DO: Dr. Norberto A. Pilone - VICEPRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----